Acción Sindical

La problemática laboral del amianto es sindical y colectiva. Muchas veces, desgraciadamente, se ha tratado como una situación individual de cada trabajador / a afectado y de su familia, pero desde la CGT tenemos que hacer una apuesta por plantear este ámbito como una lucha social.

Grandes familias capitalistas catalanas y del Estado español han tenido enormes beneficios con el
amianto, a costa de la salud de muchos trabajadores. La reparación y prevención del daño causado por el amianto debe darse en el ámbito de la lucha sindical, porque ha sido y es una agresión al conjunto de la clase trabajadora.

Nuestra acción sindical como CGT es básica, tanto desde la Sección Sindical como desde los Delegados de Prevención. Y debe ir encaminada en dos ámbitos diferentes y complementarios:

- Primero hay que identificar los materiales con amianto en la empresa, paso básico y fundamental para la posterior planificación preventiva del riesgo por exposición al asbesto.

- Hay que investigar hasta qué punto la empresa ha manipulado amianto históricamente y en qué condiciones, poniendo al alcance de la plantilla toda la información por si aparecen alguna de las patologías derivadas de la exposición al asbesto. Recordemos que muchas de estas enfermedades pueden aparecer décadas después de la exposición, por lo que podemos encontrarnos con compañeros y compañeras de trabajo afectados con patologías profesionales 20, 30 o 40 años después de que se haya dejado de trabajar con asbesto en la empresa.



- Por último, desde la CGT tenemos que apoyar la lucha social de las asociaciones de afectados / as por el amianto. En Cataluña existen en Cerdanyola del Vallés, Castelldefels o el Prat, entre otros.

- Inscripción en el RERA (Registro de Empresas con Riesgo de Amianto)

Desde la aprobación del Reglamento de Trabajos con Amianto (orden de 31/10/1984), todas las

empresas que manipulan amianto deben inscribirse en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA).

La no inscripción en el RERA, siendo obligatoria legalmente, no ha supuesto ninguna sanción, por lo que de facto el hecho de apuntarse en este registro ha sido "voluntario" para las empresas, fruto nuevamente de unas administraciones muy laxas en el cumplimiento de la normativa en materia de salud laboral.

Muchas empresas que manipularon amianto no se inscribieron en el RERA. Por tanto, la inscripción en este Registro demuestra que aquella empresa trabajó con amianto, pero en ningún caso podemos aceptar que la no inscripción quiera decir que no se trabajó con amianto, lo que deberá demostrarse.

Recuerda que el hecho de que una empresa no esté apuntada en el RERA en ningún caso demuestra que no ha manipulado o manipula amianto, ya que hay muchos centros de trabajo que han trabajado con asbesto sin estar apuntados en el RERA.




- ¿Qué hacer en caso de sospecha de existencia de amianto en la empresa

La empresa tiene la obligación legal de conocer e inventariar los materiales con amianto dentro del

centro de trabajo, así como la evaluación de su riesgo. Además, tiene la obligación legal de informar al conjunto de la plantilla de la existencia de materiales con amianto (de su cantidad y extensión), y de dar toda la información a las representantes de los trabajadores sobre las actuaciones de la empresa para controlar los riesgos.

La realidad pero, como tantas veces en el trabajo sindical, es que muy pocas empresas cumplen esta normativa y la dificultad de conocer a simple vista si hay amianto dificulta aún más esta tarea.

Prácticamente podemos afirmar que en una parte importante de las empresas ni los trabajadores / as ni la dirección son conscientes de la existencia de amianto y de los riesgos de exposición que conlleva.

Por tanto, la primera tarea sindical de la Sección Sindical y de las Delegadas y delegados de Prevención de CGT es identificar los materiales con amianto en la empresa, a través de personas cualificadas y medios adecuados.

Una vez identificados los materiales con amianto, y su estado de conservación, el riesgo correspondiente debe exigirse la concreción de plazos concretos para la retirada por empresas especializadas, y que esté determinado en la Evaluación de Riesgos, y que se lleven a cabo las actuaciones correspondientes para minimizar al máximo los riesgos de exposición de la plantilla.

La principal tarea sindical de la Sección Sindical y de las Delegadas de Prevención de CGT es identificar los materiales con amianto en la empresa, a través de las personas cualificadas y los medios adecuados

- ¿Qué hacer si se dan Enfermedades Profesionales por amianto en la empresa


Desde el ámbito sindical, como Sección Sindical o Delegadas de Prevención de la CGT, debemos
denunciar a la Inspección de Trabajo la posible exposición actual al amianto y la existencia de patologías profesionales para exposiciones históricas. La existencia de Informes de Inspección de Trabajo permitirá presionar a la empresa para que cumpla sus obligaciones legales, al tiempo facilitará las demandas judiciales de los trabajadores / as afectadas o de sus familiares.

Asimismo, todos los y las trabajadoras afectadas deben estar inscritos en el Registro de Trabajadores Expuestos de la Generalidad de Cataluña, lo que les permitirá un seguimiento médico especializado por parte de la Unidad de Salud Laboral (USL) territorial que les corresponda.

Por último, debemos recordar la necesidad de ponerse en contacto con los servicios jurídicos de la CGT, atendiendo a la complejidad de las acciones legales.

- Propuestas de actuación sindical desde la CGT en el centro de trabajo


Nuestra actuación sindical debe ir encaminada tanto a prevenir la exposición laboral al amianto, como exigir el reconocimiento y seguimiento médico y jurídico a los trabajadores / as afectadas.


Como esquema de trabajo sindical os proponemos las siguientes actuaciones, aunque tener que adaptarse a cada sector y empresa:

1- Realizar un inventario de los materiales con amianto en la empresa, a través de profesionales cualificados, ya cargo de la empresa.

2- Una vez conocida la existencia de amianto en la empresa, reclamar su retirada por empresas especializadas.

3- En todo caso, adoptar medidas preventivas adecuadas mientras no se retire el asbesto.

4- Hacer un seguimiento de la vigilancia en la salud específica realizada por la empresa y también la postocupacional si se hace desde los servicios públicos de salud o la Unidad de Salud Laboral.

5- Apoyar las reclamaciones de reconocimiento de la Enfermedad Profesional de los y las afectadas ante los organismos públicos y juzgados.

6- Reclamar la inclusión de las empresas en el RERA (Registro de Empresas con Riesgo de Amianto)
en caso de manipulación de amianto.

7- Aplicar estas actuaciones en el día a día sindical y, sobre todo, en la negociación colectiva.

8- Solicitar en los centros de trabajo la mejora de la vigilancia postocupacionales de la salud para los trabajadores del amianto en activo, mejorar el actual protocolo sustituyendo las radiografías por TAC, prueba mucho más fidedigna que las radiografías.